VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0568/2019-S2
Fecha: 17-Jul-2019
Fragmento 6
En torno a la jurisprudencia constitucional relativa a la protección del derecho a la estabilidad laboral por vía de la acción de amparo constitucional, la SC 873/01-R de 20 de agosto de 2001[5] sentó la línea jurisprudencial de denegatoria de tutela de reincorporación laboral por vía constitucional, en caso de despidos, en mérito al principio de subsidiariedad; ya en vigencia del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, la SC 0274/2007-R de 17 de abril[6], refiriéndose a una conminatoria de reincorporación laboral, señaló que el amparo constitucional no era el mecanismo idóneo para exigir la ejecución de las resoluciones definitivas emergentes de los procedimientos administrativos, debiendo acudirse a la misma instancia que emitió la resolución; entendimiento reiterado por la SC 1613/2010–R de 15 de octubre[7].
- I.
- CONFIRMAR
- II.
- a)
- III.1. Sobre la excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional respecto a los derechos a la inamovilidad y estabilidad laboral de padres progenitores
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- III.2. La protección reforzada de la inamovilidad laboral de padres progenitores
- Fragmento 9
- III.3. Marco normativo y reglamentario para la protección del derecho a la estabilidad laboral
- II.4. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- Razones por las cuales, se debió realizar el siguiente análisis del caso concreto:
- 3)
- MAGISTRADA
- 1)
- 2)
- “
- no puede ser afectada en su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo
- Fragmento 19
- comunicación
- Fragmento 21