ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0656/2019-S2
Fecha: 07-Ago-2019
denegó
La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal de Vinto del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 26 de febrero de 2019, cursante de fs. 37 a 40 vta., denegó la tutela solicitada; en base en los siguientes fundamentos: 1) Los accionantes de manera general señalaron que se vulneró su derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, sin establecer con precisión qué elementos constitutivos se vulneraron; por cuanto, estos derechos observan distintas vertientes, en este contexto, no es posible otorgar una tutela cuando no se argumenta debidamente en qué forma y medida se vulneró derechos o garantías fundamentales, como ocurre en el presente caso; puesto que, no se precisó cómo la autoridad demandada lesiono o conculcó los derechos denunciados; y, 2) Debe tomarse en cuenta que el trámite administrativo de 15 de noviembre de 2018, referido a la aprobación de urbanización en el polígono dos y cambio de uso de suelo en área complementaria; se rechazó y notificó a la parte accionante, lo que quiere decir que la parte tenía conocimiento incluso antes de haber interpuesto la presente acción de amparo constitucional, lo que hace inviable su petitorio, cuando solicitó que la autoridad demandada inicie el trámite de inconstitucionalidad concreta prevista en el art. 80 del CPCo, porque en sí no existe ningún proceso judicial ni administrativo pendiente.