SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2019-S3

Fecha: 12-Ago-2019

1)

Lily Salazar Valverde, Carlos René Roca Rivero y Raúl Lizarazu Alurralde, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito presentado el 19 de marzo de 2019, cursante a fs. 10 y vta., manifestaron que: 1) No son responsables de las sucesivas audiencias suspendidas, siendo que estas fueron ocasionadas por ausencia del Fiscal de Materia, por falta de conducción del acusado a dicho acto procesal y por la inasistencia de los testigos de cargo, previsiones enmarcadas en el art. 335 del CPP; 2) Se debe tomar en cuenta que la mora procesal existente, no es lo mismo que retardación de justicia, debido a la acefalía de personal de apoyo para generar las notificaciones, sumando a ello las múltiples audiencias que se suscitan a diario; y, 3) El peticionante de tutela señaló que existen violaciones al debido proceso desde la etapa preparatoria, sin que en ningún momento lo hubiese denunciado, intentando presionar y sacar ventaja en la fase de juicio oral; por consiguiente, no vulneraron derecho alguno, solicitando se dicte la resolución que comprenda en derecho.