SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamento de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 06/2019 de 12 de abril, cursante de fs. 67 vta. a 69 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: i) Ninguno de los supuestos establecidos en el art. 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo), han sido fundamentados al momento de interponer la presente acción de libertad; ii) De acuerdo al cuaderno procesal y acta de audiencia del Tribunal de “instancia”, se otorgó al peticionante de tutela autorización de salida para control médico, pero por cuestiones ajenas a su voluntad no pudo efectuarse; iii) El certificado forense no refiere enfermedad terminal sino una patología renal de carácter crónica; iv) El Tribunal de garantías no es una instancia casacional para que efectué una nueva valoración de los elementos probatorios; y, en vía de complementación otorgó el plazo de cuarenta y ocho horas al Tribunal de apelación para que remita antecedentes al Tribunal de origen.