SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ingresó a trabajar el 1 de agosto de 2017, en la empresa Estación de Servicio Radial 10, de propiedad de Hugo Florero Orellana ‒ahora demandado‒, de quien dependía directamente, como vendedora de líquidos de bomba, para cargar combustible a todo tipo de vehículos, labor que desarrolló en forma responsable cumpliendo sus respectivos turnos; habiendo pactado el pago de salario mínimo a partir de que cumpla un año de antigüedad.

Sin embargo, el 8 de octubre de 2018, fue convocada por la hija del propietario de la citada empresa, indicándole que le cesaban de sus funciones debido a que se encontraba embarazada, y ello le traería problemas a la empresa; intentando obligarle a firmar una carta de renuncia, y al negarse a hacerlo, procedieron inmediatamente a despedirla, argumentando que habría cargado combustible a un vehículo bloqueado, cuando en realidad su desvinculación se produjo puesto que se encontraba con seis meses de gestación, con el propósito de evitar otorgarle los beneficios sociales que le correspondían como madre progenitora.

Ante el despido arbitrario y con el propósito de reclamar sus derechos vulnerados por la empresa empleadora, acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, solicitando su restitución a su fuente laboral; entidad, que una vez recibida la denuncia y realizado los trámites previos, luego de realizarse la audiencia, pronunció la Conminatoria de Reincorporación Laboral – Por inamovilidad Laboral – Madre Progenitor JDTSC/CONM. 106/2018 de 1 de noviembre, mediante la cual, ordenó a la empresa Estación de Servicio Radial 10 de propiedad de Hugo Florero Orellana, proceda a la restitución inmediata a su fuente laboral, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que le correspondan; Resolución con la que, la empresa fue debidamente notificada el 1 de noviembre de 2018; pese a ello, se rehusó a cumplir con lo dispuesto en la Conminatoria, haciendo caso omiso a lo dispuesto por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, tal cual se evidencia por el Informe JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 075/2018 de 14 de diciembre, elaborado por el Inspector Julio César Choque Saramani, dando cuenta que la empresa empleadora, no dio cumplimiento a la referida Conminatoria, emitida por la autoridad administrativa competente.