SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
i)
El accionante alega que las autoridades demandadas lesionaron el debido proceso en su elemento del derecho a una resolución fundamentada y motivada, vinculado al principio de legalidad, así como el derecho a ejercer el cargo de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Yotala; toda vez que: i) No expusieron los fundamentos legales sobre la atribución o competencia que tendrían los Concejales de dicho ente municipal para imponerle la sanción como Alcalde y tampoco precisaron la norma jurídica en la que se encontraría prevista la sanción impuesta; y, ii) Aplicaron de manera arbitraria el procedimiento establecido en el DS 23318-A, modificado por su similar 26237, dado que, las citadas normas no son aplicables para determinar la responsabilidad administrativa del alcalde electo, sino, las comprendidas en la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, que en su art. 27, prevé la prohibición al Concejo Municipal, para suspender o destituir al alcalde electo, así como aplicar otro mecanismo por el que se le prive del ejercicio del cargo.