SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
1)
Henry Espíndola Cardozo, Fiscal de Materia, por informe escrito presentado el 4 de abril de 2019, cursante a fs. 125 y vta., señaló que: 1) En “…la Fiscalía Anticorrupción Nro 2 ciudad de Potosí...” (sic), cursa proceso penal seguido por el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí contra el accionante y Arturo Cuba, en su calidad de representantes de la Empresa Constructora Asociación Accidental “Bioceanica”; 2) Dicha Empresa adeuda a la citada Gobernación “…la suma de Bs. 3.491.085,15 (tres millones cuatrocientos noventa y un mil ochenta y cinco con 15/100 bolivianos)…”(sic); y, 3) El proceso que se investiga es demasiado complejo por la cantidad de recursos económicos comprometidos y los sujetos procesales son del interior del país, lo que motiva a generar notificaciones en la vía de cooperación a distintos distritos repercutiendo en la frecuencia procesal.