SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Habiendo sufrido un accidente como consecuencia de un hecho de tránsito acaecido el 10 de febrero de 2019, estuvo internada en el Hospital San Vicente de Paul del departamento de Cochabamba; así  tras recibir el alta médica solicitada, conforme se evidencia del historial médico; toda vez que, como familiares decidieron trasladarla a un centro hospitalario del Estado al ser los gastos médicos más económicos en relación a un hospital privado, dicho traslado no fue posible en razón a que el Administrador del Hospital San Vicente de Paul -hoy demandado-, se encuentra reteniéndola por -adeudos- de montos económicos, producto de las atenciones médicas recibidas, las cuales no las desmerece bajo ningún concepto.

Afirmó encontrarse retenida en el mencionado Hospital San Vicente de Paul, por un saldo de Bs32 528.- (treinta y dos mil quinientos veintiocho bolivianos) de una deuda total de Bs56 528.- (cincuenta y seis mil quinientos veintiocho bolivianos) y no obstante el alta médica fue solicitada el 1 de abril de 2019, siendo el 3 del mismo mes y año, aún no permiten que sea trasladada a otro centro médico; precisamente, por la deuda pendiente de pago que de ninguna manera pretenden eludirla.

El actuar del ahora demandado es contraria a la “Ley Blattman”, que estableció la abolición del apremio corporal por causas patrimoniales, en afectación de sus derechos a la libertad física o personal y de locomoción; citando al respecto las
SSCC 0871/2004-R de 8 de junio y  0870/2005-R de 29 de julio.