Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2019-CA
Fecha: 03-Sep-2019
b) Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
Conforme la cita de la jurisprudencia constitucional, la acción de inconstitucionalidad concreta, procede contra las normas que deben aplicarse en la decisión final y en aquellas resoluciones donde corresponde resolver incidentes y excepciones, como también la disposición legal que vayan a ser aplicada en ejecución de sentencia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- ; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- b) Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
- II.3.
- RATIFICAR