AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2019-CA
Fecha: 03-Sep-2019
Fragmento 1
En consulta la Resolución 095/2019 de 8 de agosto, cursante de fs. 301 a 307, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Gonzalo Guarachi Quispe, demandando la inconstitucionalidad del art. 14.9 de la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por ser presuntamente contrario a los arts. 14.III, 115, 116, 117 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- ; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- b) Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
- II.3.
- RATIFICAR