DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2019
Fecha: 03-Sep-2019
II.4.
II.4. Por Resolución TSE-RSP-ADM 0291/2019 de 28 de junio, emitida por la Sala Plena del TSE, se resolvió: a) Aprobar la propuesta enviada por el Concejo Municipal de Cliza de conformidad al Informe TSE.DN-SIFDE 0316/2019; b) Que por Secretaría de Cámara se notifique con la referida Resolución e Informe Técnico, al Presidente del Concejo Municipal de Cliza, para que active ante el Tribunal Constitucional Plurinacional la consulta sobre la constitucionalidad de la pregunta de referendo; y, c) Encomendar al Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), el seguimiento y control del trámite de la solicitud de referendo aprobatorio del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Cliza (fs. 23 a 26).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE CLIZA? SI-NO
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. Naturaleza jurídica del control de constitucionalidad de preguntas para referendo
- a)
- III.3. Sobre el referendo aprobatorio de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- i) Claridad
- CONSTITUCIONALIDAD