El suscrito Magistrado manifiesta que el control previo de constitucionalidad realizado al art. 46 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Sabaya, acerca del periodo de mandato de las autoridades del Concejo Municipal y de la Alcaldesa o Ac
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado manifiesta que el control previo de constitucionalidad realizado al art. 46 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Sabaya, acerca del periodo de mandato de las autoridades del Concejo Municipal y de la Alcaldesa o Ac

Fecha: 04-Sep-2019

“…declarar la incompatibilidad de la frase: ‘…de manera continua, por una sola vez…’ del artículo 46 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Sabaya

En el control previo de constitucionalidad del citado precepto, la DCP 0061/2019 determinó su incompatibilidad con la Ley Fundamental, a partir de la citada                  DCP 0051/2019 y esboza, en primera instancia, el carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las decisiones del Tribunal Constitucional Plurinacional, para luego arribar a la conclusión de que el texto en análisis es similar al contendido en los         arts. 71 inc. c) y 72 inc. b) de la Ley del Régimen Electoral (LRE) –Ley de 30 de junio de 2010–, declarados inconstitucionales por la SCP 0084/2017; en virtud de lo cual, determinó: “…declarar la incompatibilidad de la frase: ‘…de manera continua, por una sola vez…’ del artículo 46 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Sabaya(el resaltado corresponde al texto original).