REVOCAR
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, la Jueza de garantías al conceder la tutela impetrada, efectuó un análisis incorrecto de los datos del proceso y las normas aplicables al caso; por lo que la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió REVOCAR la Resolución 223/19 de 19 de mayo, cursante de fs. 47 a 50 vta., pronunciada por la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia:
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- a)
- 1)
- II.1. La legitimación pasiva en caso de resoluciones que deben ser revisadas por la autoridad de última instancia
- II.2
- podrá determinar su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- para la procedencia de la acción de libertad es imprescindible que la misma esté dirigida contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad
- modificar, confirmar o revocar
- debido a que será ésta última quien tendrá la facultad de revisar y corregir, en su caso, las actuaciones ilegales
