Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2019-S4
Fecha: 10-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Siendo procesados por la presunta comisión de delitos contra la salud y otros, encontrándose con detención preventiva se verificó la audiencia de apelación de medidas cautelares el 22 de abril de 2019, ante Adán Willy Arias Aguilar y Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, donde les comunicaron que existía dos votos contrarios y que por dicha razón se convocaría a Margot Pérez Montaño, Vocal de la Sala Penal Tercera del mismo Tribunal, a objeto que con su voto se dirima la referida disidencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho:
- se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Su naturaleza principal radica en que, la jurisdicción constitucional, a través de esta garantía, tiene la facultad de tutelar la vida, libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión, aún cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- pidiendo su intervención con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional;
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR