SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2019-S4
Fecha: 10-Sep-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, por Resolución 111/2019 de 31 de mayo, cursante de fs. 82 a 83, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) La Resolución 243/2019 de 28 de mayo, no se encuentra ejecutoriada porque aún no fue notificada a la fecha; y según los datos del cuaderno procesal que exhibió la autoridad demandada y del informe que refirió que no se expidió el mandamiento de aprehensión por falta de notificación al accionante, por lo cual, no existe persecución indebida en contra de su libertad, tampoco se demostró que su vida esté en peligro y que este privado de su libertad o exista un procesamiento indebido en contra del impetrante de tutela; y, 2) Dentro del proceso penal en contra del accionante se advirtió que dicha Resolución de rebeldía no está notificada a las partes, por lo que, el impetrante de tutela debió agotar los mecanismos intraprocesales que reconoce la norma ordinaria, en consecuencia no cumplió con el principio de subsidiariedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 7
- III.1.
- Fragmento 9
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía
- c)
- III.3.
- CONFIRMAR