SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP); el 9 de enero de 2018, la autoridad Fiscal ahora demandada informó el inicio de la investigación en su contra, tiempo después éste presentó imputación formal y solicitud de medidas cautelares; luego de haber sido sometido al actuado antes descrito, el 14 de marzo de 2019, se le hizo conocer a través de una orden de citación una ampliación de investigación promovida por la víctima por el delito de estelionato, previsto y sancionado por el art. 237 del CP, ante la cual realizó una presentación espontánea, evidenciando la existencia de un requerimiento de ampliación de la investigación de 23 de enero del mismo año, misma que nunca fue puesto a conocimiento del Juez de Instrucción, omitiendo flagrantemente, dar cumplimiento a una de sus obligaciones lesionando el debido proceso y el acceso a la justicia efectiva, surgiendo un irregular procesamiento amenazante de sus derechos constitucionales.

El debido proceso tiene incidencia, en el derecho a la defensa expresamente reconocido en el art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), vulnerado por la autoridad demandada al omitir desde el 23 de enero de 2019, someter sus actos al control jurisdiccional, ignorando lo establecido por el art. 289 del Código de Procedimiento Penal (CPP) asimilable al presente caso, por otro lado de acuerdo a lo establecido por el art. 314.I del referido Código, las excepciones podrán plantearse dentro del plazo de diez días computables a partir de la notificación con el inicio de investigación, lamentablemente no le fue posible efectivizar este mecanismo de defensa en el entendido que nunca fue de su conocimiento es decir que jamás se lo notificó a través del órgano judicial con la ampliación de investigación observada.