Sentencia Constitucional Plurinacional: 0821/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0821/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

5.

Sobre el particular debe aclararse que por la naturaleza jurídica de la solicitud de aclaración, enmienda y complementación, a través de la misma, no se puede resolver estos aspectos, por cuanto este instituto procesal se circunscribe a corregir cuestiones estrictamente formales o subsanación de omisiones que no implique una modificación en el fondo de lo resuelto; por lo que, no puede pretenderse que la Resolución que la resuelva extienda su alcance a la interpretación de la legalidad ordinaria, por tanto son aspectos que debieron ser cuestionados en el Auto de Vista que resuelve el fondo de la denuncia planteada, correspondiendo denegar la tutela solicitada.