SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 13 de junio, cursante de fs. 60 vta. a 66 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) La Resolución impugnada, se encuentra conforme a los parámetros del art. 124 del CPP; dado que, fue explicada con claridad, fundamentó los motivos que llevaron a determinar la concurrencia del peligro de obstaculización, previsto en el art. 235.2 del citado Código; 2) El accionante no se encuentra indebidamente privado de libertad, su detención preventiva emana de una decisión ordenada por autoridad competente y conforme al régimen de medidas cautelares; tampoco demuestra de qué manera el Auto de Vista del 11 de junio de 2019 vulneró sus derechos al debido proceso y a la libertad; 3) Se debe considerar que la medidas cautelares, por el principio de “revisibilidad” no causan estado, son instrumentales, temporales, variables, modificables inclusive de oficio; en tal sentido, la detención preventiva es revisables de forma permanente; por lo que, la defensa del solicitante de tutela tiene las vías respectivas para solicitar la modificación de la medida impuesta; y, 4) El Tribunal de garantías, no es de apelación; puesto que, el razonamiento del Auto de Vista de 11 del mencionado mes y año, es el resultado de un análisis integral de los antecedentes que cursan en el proceso, no siendo posible ingresar a valorar la determinación asumida por los Vocales demandados, tampoco revisar las decisiones de las autoridades jurisdiccionales, si tomaron tal decisión con prueba o sin ella; por lo que, no se advierte vulneración de derecho alguno que amerite la protección constitucional vía de acción de libertad.