SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

a)

La peticionante de tutela a través de su representante sin mandato, ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad y ampliándolo en audiencia manifestó que: a) No habiendo concurrido la autoridad demandada, ni presentado informe, la uniforme jurisprudencia indica que se dan por aceptados los términos de la acción de libertad; b) Por mala información, no se concurrió puntualmente a la audiencia de aplicación de medidas cautelares, siendo declarada rebelde; sin embargo, pese haber comparecido, la Jueza ahora demandada mantuvo vigente el mandamiento de aprehensión aduciendo el cumplimiento de la segunda parte del   art. 91 del CPP, vulnerando su derecho a la libertad; y, c) Existe una persecución indebida, dado que al haber comparecido, era obligación de la autoridad jurisdiccional dejar sin efecto el mandamiento, y en su caso otorgar un plazo prudencial para el pago de costas por rebeldía; empero, al haber rechazado la comparecencia se planteó recurso de reposición, que también fue rechazado, estando así agotada la instancia ordinaria; consecuentemente, procede la acción de libertad en su modalidad preventiva; es decir, antes que la restricción sea consumada, conforme señala la    SCP 1449/2012 de 24 de septiembre, reiterando se conceda la tutela.