SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancias del Gobierno Autónomo Municipal de Eucaliptus del departamento de Oruro, por los presuntos delitos de incumplimiento de deberes y peculado, ante su inasistencia a la audiencia de aplicación de medidas cautelares, la Jueza ahora demandada, declaró su rebeldía mediante Resolución de 7 de mayo de 2019, disponiendo librar mandamiento de aprehensión en su contra; es así que, por memorial de 18 (lo correcto es 13) de igual mes y año, formuló su comparecencia solicitando dejar sin efecto el referido mandamiento, no obstante, la autoridad jurisdiccional, negó el apersonamiento manteniendo vigente la orden de aprehensión, disponiendo que previamente cumpla con el art. 91 segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal (CPP) referido al pago de costas por la rebeldía; sin embargo, planteó recurso de reposición, que fue rechazado por Auto de 20 del aludido mes y año, quedando agotada la instancia ordinaria y materializando una persecución indebida.

En este contexto, la finalidad del mandamiento de aprehensión es la comparecencia del rebelde, aspecto que fue cumplido por la imputada, sin que la autoridad jurisdiccional, pueda condicionar el levantamiento de la rebeldía a la expresión de justificados o de excesivas exigencias, que bien pueden ser cumplidas en un plazo prudencial, sin que ello implique la subsistencia del mandamiento, puesto que si el imputado compareció, corresponde dejar sin efecto las órdenes emergentes de la declaratoria de rebeldía conforme al art. 91 del CPP.