VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0762/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0762/2019-S2

Fecha: 04-Sep-2019

a)

En consecuencia, correspondía en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada, al efecto debían analizarse las siguientes temáticas: a) La presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados por el accionante; b) La fundamentación y motivación de las resoluciones y la garantía del debido proceso; c); La cesación de la detención preventiva por el supuesto contemplado en el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia constitucional; d) La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal; y, e) Análisis del caso concreto. 

De conformidad a lo anotado, las autoridades jurisdiccionales tanto de primera como de segunda instancia, al analizar solicitudes de cesación de la detención preventiva deben: a) Establecer y valorar los motivos que determinaron la detención preventiva; b) Identificar los nuevos motivos introducidos por la o el imputado para solicitar la cesación de la detención preventiva; y, c) Valorar de manera íntegra las pruebas presentadas por el o la imputada, la parte acusadora y/o víctima.