AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2020-RCA

Fecha: 10-Ene-2020

improcedente

La Sala Constitucional Primera del departamento de Santa Cruz, por Resolución 52 de 20 de noviembre de 2019, cursante de fs. 146 a 148, declaró improcedente la presente acción de defensa por inmediatez, fundamentando que: a) Ante la convulsión social que atravesaba el país, el Órgano Judicial a través de la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura del departamento de Santa Cruz, emitió los comunicados CM-RD 01/19 al CM-RD 15/19, suspendiendo actividades judiciales del 23 de octubre al 12 de noviembre de 2019, inclusive; b) Probada la existencia de una causal de fuerza mayor, como consecuencia de hechos exógenos ajenos a la voluntad de la accionante, existían alternativas administrativas y jurídicas constitucionales establecidas en los reglamentos y la propia jurisprudencia con la finalidad de activar un mecanismo constitucional de control tutelar, debiendo observarse el plazo de inmediatez de los seis meses previsto en los arts. 129.II de la CPE y 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, c) Entre los mecanismos alternativos están, la presentación de la demanda ante el Secretario del juzgado o cualquier otro Secretario de turno del Órgano Judicial (AC 0422/2018-RCA de 31 de octubre), un Notario de Fe Pública, de manera digital o, en el Buzón Judicial conforme lo establecido en el Reglamento respectivo, constituyendo cualquier interpretación de ampliación del plazo de seis meses, contraria al orden constitucional vigente, ante la imposibilidad de crear una nueva ley a través de otra (SC 1846/2004-R).