AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2020-CA
Fecha: 28-Ene-2020
Fragmento 3
Por Resolución 183/2019 de 26 de noviembre, cursante de fs. 926 a 936, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Carlos Mamani Mamani, fundamentando que: a) No se argumentó suficientemente su demanda al no establecer de qué manera el precepto cuestionado es contrario o incompatible con los derechos al debido proceso, a la defensa, a la valoración de la prueba y al trabajo -entre otros- protegidos por la Ley Fundamental; es decir, la presente acción de control normativo no identifica la forma en la que los artículos cuestionados resultan contrarios a la Constitución Política del Estado, debido a que no explica de qué modo atentan los derechos del accionante. Por otra parte, los arts. 12 y 14 de la LRDPB, gozan de presunción de constitucionalidad de conformidad a lo establecido por el art. 410 de la CPE concordante con el art. 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, b) Se advierte que el accionante fue sancionado mediante “Resolución 020/2019”, por las faltas tipificadas en los arts. 14.3 y 8 y absuelto de las contravenciones establecidas en el art. 12.9 y 12, y 14.14, todos de la LRDPB; apelando ese fallo que aún se encuentra pendiente de resolución, por lo que se entiende que el proceso fue llevado en apego a la citada norma, razón por la que no se transgredió la Constitución Política del Estado ni los tratados internacionales.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
- fundamentación clara y precisa
- cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción
- La expresión de los fundamentos jurídico - constitucionales es esencial
- Fragmento 9
- II.4.
- Fragmento 11
- RATIFICAR