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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2020-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2020-ECA

    Fecha: 17-Ene-2020

    Las partes

    El art. 13.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), prevé que: “Las partes, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de la resolución, podrán solicitar se precise conceptos obscuros, corrija errores materiales o subsane omisiones, sin afectar el fondo del fallo emitido” (las negrillas fueron añadidas).

    • aclaración, enmienda y complementación
    • Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales del Estado Plurinacional de Bolivia
    • Las partes
    • lo que significa, que no son medios para que este Tribunal cambie su decisión en el fondo tal como prescribe la normativa constitucional
    • el 15 de enero del presente año, a horas 16:56
    • a)

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