AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2020-RCA

Fecha: 27-Oct-2020

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 25 y 31, ambos de agosto de 2020, cursantes de
fs. 21 a 25  vta., y 66 a 67; el accionante manifestó que mediante notas de 12 y 28 de diciembre de 2019 y 3 de febrero de 2020, ante una imposibilidad de acudir a su fuente laboral, por la eventual imposición de una detención domiciliaria en su contra, solicitó de manera voluntaria licencia indefinida, conforme al Reglamento General del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, que le fue otorgada mediante decreto de 12 de febrero de 2020 por parte del Presidente de dicho Órgano deliberante.

Por Auto de Vista de 24 de junio de 2020, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, determinó otorgarle permiso para ausentarse durante la jornada laboral; por lo que, mediante notas de 29 de junio, 13 y 20 de julio, todos de 2020, solicitó al Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del referido departamento, su reincorporación al ejercicio de sus funciones y la habilitación del teletrabajo; empero, la mencionada autoridad, mediante nota C.M.Q. PTDE 001/20 de 20 de julio de 2020, otorgándose facultades que no le competen, revisando los actos jurisdiccionales, como si tuviera las competencias de un juez de instrucción penal, dispuso que requisitos debe cumplir previamente.