SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

III.3.  Análisis del caso concreto

De los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que la remisión del legajo de la apelación incidental de José Luis Choque Alconz -hoy accionante- ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz se efectivizó mediante nota de 14 de febrero de 2020, emitida por María Inés Callejas Quintana, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del mismo departamento -ahora demandada- (Conclusión II.1).

Ahora bien, de la acción de libertad presentada, el impetrante de tutela alega la lesión de los derechos a la libertad de locomoción y a una justicia pronta y oportuna; y, de los principios de impugnación y celeridad, centrando su denuncia en la dilación incurrida por parte de la Jueza y Secretaria demandadas en la remisión del recurso de apelación incidental interpuesto contra el Auto Interlocutorio 05/2020 de 27 de enero que rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva.

Conforme se tiene descrito en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración al debido proceso en su elemento de celeridad, cuando esté relacionado a la libertad y devenga de dilaciones indebidas a tiempo de resolver la situación jurídica del encausado.