SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de mayo de 2013 interpuso demanda de nulidad de escritura pública contra Mery Elena Pareja Araníbar, que se sustanció ante el Juzgado Público Civil y Comercial Décimo Séptimo del departamento de La Paz, que fue resuelta mediante la Resolución 331/2016 de 10 de octubre, declarando improbada la referida pretensión, misma que una vez apelada mereció el Auto de Vista 188/2018 de 13 de marzo, que confirmó el fallo impugnado; en tal sentido, interpuso recurso de casación, que dirigió a las autoridades hoy demandadas que se disponga la nulidad de la Resolución impugnada, ante la ausencia de reconducción del proceso al amparo de las normas del Código Procesal Civil; puesto que, en todo el proceso no existió la claridad necesaria respecto a la aplicación del Código de Procedimiento Civil abrogado o la Ley procesal vigente en el momento en que se interpuso la demanda; sin embargo, los Magistrados ahora demandados pronunciaron el Auto Supremo 303/2019 de 3 de abril, ingresando en una contradicción que puso en evidencia la lesión de sus derechos fundamentales en el sentido de que primero hizo referencia a la Disposición Transitoria Cuarta parágrafo I del Código Procesal Civil (CPC), para luego apegarse a la Disposición Transitoria Quinta parágrafo I inc. a) de la referida Ley procesal; aplicando de manera simultánea las Disposiciones Transitorias Cuarta y Quinta cuando en el caso concreto del proceso civil no ameritaba ese extremo; en consecuencia, se realizó una errónea y arbitraria interpretación de la norma y por ende aplicación incorrecta de la misma; puesto que, al haberse acudido a la Disposición Cuarta no debió tomarse en cuenta la Quinta y viceversa, no habiéndose realizado una valoración objetiva y en estricto apego a la Constitución Política del Estado, para aplicar de manera correcta y objetiva el ordenamiento legal.