Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
II.5.
II.5. A través de Conminatoria 190/2019 de 11 de noviembre, el Jefe Departamental de Oruro a.i. del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social conminó al Gerente General de la Empresa hoy accionada a que en el plazo máximo de tres días hábiles improrrogables a partir de su legal notificación, reincorpore de manera inmediata al accionante, al mismo puesto que ocupaba, más el pago de sus salarios devengados y todos los derechos sociales que le correspondan a la fecha de su reincorporación (fs. 22 a 24). Dicha Conminatoria fue notificada a la Empresa ahora accionada el 19 de noviembre de 2019 (fs. 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.
- la protección de los derechos al trabajo y la estabilidad laboral lo cual se materializa a través de las conminatorias de reincorporación emitidas por las Jefaturas Laborales de Trabajo cuando el despido se considera injustificado e injusto para el trabajador y no responde a un proceso interno seguido en contra de éste por la empresa demandada,
- es decir, la naturaleza jurídica de la relación laboral de los cuales nacen los supuestos actos ilegales y lesivos a los derechos y garantías constitucionales, debiendo considerar si se trata de una relación sujeta a contrato a plazo fijo en el cual se tiene como cierto y determinado el inicio de la relación laboral así como su conclusión, o en su caso se encuentran dentro de una relación laboral por tiempo indefinido, y si el trabajador presta funciones en la empresa como consultor en línea o si el contrato es de naturaleza administrativa o civil, así como que el despido no haya sido a consecuencia de un proceso seguido contra el trabajador y que responda a la comisión de supuestas faltas establecidas tanto a la Ley General del Trabajo como a la norma reglamentaria emitida dentro de una empresa
- reincorporación no se haya considerado u observado situaciones que bajo la normativa legal vigente imposibilitan la continuidad de la relación laboral
- 1)
- 2)
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20