SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
1)
Simón Alarcón Vásquez, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, mediante informe de 21 de febrero de 2020, cursante a fs. 15, manifestó que: 1) La demora en la remisión del recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante se debió a la falta de fotocopiadora en la localidad de Buena Vista, aunque el imputado proveyó para las fotocopias y el transporte, se debía sacar fotocopia de dos cuerpos; 2) La distancia imposibilita que los funcionarios subalternos se trasladen de manera inmediata; 3) El Fiscal de Materia presentó acusación formal que debía ser remitida ante el Tribunal de Sentencia Penal; 4) Con una evidente falta de lealtad procesal se solicitó cesación de la detención preventiva a la conclusión de la etapa preparatoria; y, 5) Solicita se emita resolución considerando la situación de las provincias y adjuntó “…informe de Oficial de diligencias que se encuentra inserto en el cuaderno procesal, que el día de hoy viernes remitirá la Sra. Secretaria, que tiene domicilio en la ciudad de Santa Cruz” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y principio supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- una de las partes que no esté de acuerdo con una resolución emitida por el administrador de justicia o considere que la misma vulnera sus derechos o en alguna medida atenta contra sus intereses, tiene derecho a que dicha resolución sea revisada por un tribunal superior, en un plazo razonable y de forma oportuna; y éste determine si efectivamente el administrador de justicia obró correctamente
- La acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se encuentra desarrollada por la jurisprudencia de este Tribunal, entendida como el medio
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR