Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE A LA SCP 0035/2020
Fecha: 21-Oct-2020
desacuerdo
Por lo señalado, expreso mi desacuerdo con la SCP 0035/2020 de 21 de octubre, que resolvió declarar la IMPROCEDENCIA de la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Franz Cuevas Quiroz, Secretario Ejecutivo de la Federación Sindical de Docentes de la Universidad Mayor de San Andrés (FEDSIDUMSA); en consecuencia, se emite el presente Voto Disidente amparado en lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- a)
- II.1. Sobre la declaratoria de improcedencia en las acciones de inconstitucionalidad superada la fase de admisibilidad
- II.2. Respecto al acceso a la justicia constitucional y la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen conculcados
- debido proceso
- por qué la norma impugnada vulnera principios, valores o derechos fundamentales establecidos en la Ley Fundamental y la vinculación directa entre la norma impugnada y el precepto constitucional presuntamente vulnerado, cuya carga argumentativa debe ser lo suficientemente racional, suficiente y sólida para que genere convicción al Tribunal Constitucional Plurinacional de que tales normas deben ser sometidas a un test de compatibilidad con el texto de la Norma Suprema, el no lograr tal objeto, inviabiliza la posibilidad de que la jurisdicción constitucional pueda pronunciarse sobre el fondo de lo solicitado
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del caso concreto
- desacuerdo