La suscrita Magistrada presenta Voto Aclaratorio respecto a la SCP 0034/2020 de 25 de noviembre, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expone los motivos que sustentan la presente aclaración de voto.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada presenta Voto Aclaratorio respecto a la SCP 0034/2020 de 25 de noviembre, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expone los motivos que sustentan la presente aclaración de voto.

Fecha: 25-Nov-2020

En ese entendido,  a tiempo de exponer la naturaleza de la presunción de inocencia

En ese entendido,  a tiempo de exponer la naturaleza de la presunción de inocencia, la SCP 1050/2013 de 28 de junio, sostuvo que: “La Constitución Política del Estado, dentro el Título IV Garantías Constitucionales y Acciones de defensa, ha instituido, a la presunción de inocencia, dentro del referido título, como una garantía constitucional, así el art. 116 de la norma fundamental, señala: ‘I. Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado’.