SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

1)

María Esther Pozo Vallejo, Vicerrectora de la UMSS, a través de sus representantes, por informe escrito de 2 de enero de 2020, cursante de fs. 23 a 24 vta., y en audiencia, manifestó que: 1) En el presente caso, corresponde la denegatoria de la acción de defensa por la cesación de los efectos del acto reclamado; es decir que, el motivo que fundó la interposición de dicha acción tutelar desapareció y fue subsanado mediante la Nota VR-0586/2019 de 31 de diciembre, que dio respuesta a las cuatro notas del accionante, deviniendo en la improcedencia de la misma; 2) El retraso en el pronunciamiento se debió a los conflictos sociales que se suscitaron en el país; y, 3) De acuerdo al Manual de Funciones de la Universidad, aclaró que el peticionante de tutela debió dirigir sus solicitudes ante la Encargada de la Unidad de Trámites dependiente de Secretaría General del Rectorado de esa casa superior de estudios.