Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2020-S4
Fecha: 04-Nov-2020
Fragmento 12
Como anota Willman Durán Ribera, el derecho a la defensa es ‘la facultad irrestricta que tiene todo imputado de ser oído, impugnando las pruebas de contrario, proponiendo y aportando las que estime convenientes, con el fin de desvirtuar o enervar la acusación, o atenuar la responsabilidad que se le atribuye’, y puede ser ejercido desde el primer momento en que se acuse a una persona, sea en sede judicial o administrativa…”.