Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2020-S1
Fecha: 19-Nov-2020
a)
Elba Geovana Sanjinéz Bernal, Fiscal de Materia del departamento de La Paz, en audiencia, refirió que: a) El 21 de marzo de 2019 se habría imputado al ahora impetrante de tutela y en ese mérito el caso estaba a cargo de otro Fiscal de turno y no así de su persona, considerando que recién está de turno el 27 de marzo de 2020; en ese entendido, no habría tenido ningún conocimiento de solicitud de procedimiento abreviado, que se habría presentado dentro del caso de autos y que ahora hace referencia; y, b) Fue el Fiscal titular, según el memorial del peticionante de tutela, quien habría tenido el conocimiento de la solicitud de procedimiento abreviado; por lo que, desconoce dicha petición.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad exige que el juez de instrucción penal ejerza el control jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA