SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2020-S4

Fecha: 24-Nov-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público, por la presunta comisión del  delito de robo agravado; el  Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del mismo departamento, desde el mes de octubre de 2019, determinó su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz.

Sin embargo, el 29 de noviembre de igual año, suscribió un documento público de acuerdo transaccional con la víctima, mediante el cual se le otorgó las más amplias garantías, procediendo también a la reparación del daño material con la entrega de Bs10 000.- (diez mil 00/100 bolivianos), comprometiéndose la víctima a presentar el desistimiento dentro del proceso iniciado, entendiéndose que no puede seguir ningún proceso penal ni otra acción que atente contra sus derechos; documentación que con posterioridad fue presentado de manera voluntaria ante el Fiscal de Materia asignado al caso y el Juez ahora demandado, a efectos de que pueda acceder a la cesación a la detención preventiva al no existir ningún riesgo latente contra las víctimas y menos obstaculización en la investigación.

En el mes de noviembre del mismo año, la autoridad ahora demandada de oficio conminó al Fiscal de Materia asignado al caso para que en el plazo de noventa días proceda a completar y culminar la etapa de investigación en aplicación de la vigencia plena de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres –Ley 1173 de 3 de mayo de 2019–; por lo cual, se estableció que su persona solo debía guardar detención durante ese tiempo; empero, dicho plazo culminó en el mes de febrero de 2020, ante lo cual no existió expresamente solitud de prórroga de investigación por parte del Ministerio Publico y menos el cumplimiento del plazo otorgado por el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del referido departamento, transcurriendo hasta la fecha cinco meses privado de su libertad de manera ilegal.