SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2020-S4
Fecha: 26-Nov-2020
concedió
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, mediante Resolución 005/2020 de 5 de febrero, cursante de fs. 182 a 189 vta., concedió la tutela impetrada, dejando sin efecto la Resolución del Recurso Jerárquico DN-01/2019 (Caso SAI-43/2109), disponiendo que el Director Nacional a.i. del INRA, emita nuevo fallo en base a los fundamentos desarrollados en el referida Resolución Constitucional; basando su decisión en los siguientes fundamentos: a) Las facultades de la jurisdicción constitucional se restringen a los aspectos considerados en la mencionada Resolución del Recurso Jerárquico; b) De la prueba aportada por el impetrante de tutela se observa que el Contrato de Prestación de Servicios Personal Eventual C-04-0067-19, es identificado como un contrato de prestación de servicios de personal eventual; empero, se debe tener en cuenta que el principio de legalidad es fundamental, dado que en virtud al mismo, todo ejercicio del poder público debe realizarse de acuerdo a la ley y no a la voluntad de las personas, es así que, de la revisión de la prenombrada Resolución del Recurso Jerárquico, se observó que basó su argumento en el contrato antes referido, que estaría exento del art. 6 de la Ley 2027; sin embargo, se debe precisar que si bien todo contrato causa efecto entre partes, conforme prevé el art. 519 del CC, no es menos cierto que en el mismo debe prevalecer el principio de legalidad; y, c) En lo dispuesto por el art. 5 de la Ley 2027, no se menciona a los consultores de línea ni al personal eventual cuya relación con la entidad pública es contractual y de acuerdo a ley, no están consignados como servidores públicos; en este contexto, el solicitante de tutela se encuentra dentro las previsiones establecidas en el art. 6 de la Ley 2027, siendo evidente que se vulneraron sus derechos y garantías, debiendo la Resolución del Recurso Jerárquico DN-01/2019, subsanar dichos errores.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre el servidor público y el consultor de línea
- b)
- c)
- e)
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR