Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2020-S4
Fecha: 26-Nov-2020
II.1.
II.1. Mediante Resolución Jerárquica 04/2016 de 30 de junio, emitida dentro del Proceso Sumario Administrativo Interno a instancia del “G.A.D.ORU.- Hospital General” (sic) contra Nelly Villanueva Miranda, se confirmó la Resolución de Revocatoria H.G.S.J.D.D.O/A.L./ 001/2016 de 19 de mayo, manteniendo firme la decisión adoptada en la resolución final del indicado proceso, es decir la destitución de la ahora accionante, del cargo que venía desempeñando dentro del Hospital General San Juan de Dios de Oruro (fs. 3 a 9).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- oral o escrita
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución, lo que significa que el Estado está obligado a resolver la petición. Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa’
- ya sea exponiendo las razones del por qué no se la acepta, explicando lo solicitado o dando curso a la misma, en cualquiera de estos casos donde se omita dar los motivos sustentados legalmente o de manera razonable, se tendrá como se dijo vulnerado el derecho
- ‘…no puede quedar en la psiquis de la autoridad requerida para resolver la petición, ni al interior de la entidad a su cargo, sino que debe ser manifestada al peticionante,
- se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición
- no queda satisfecha con una mera comunicación verbal, sino que es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada,
- requisitos
- compromiso e interés social
- plazo razonable
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- : i)
- CONFIRMAR