Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2020-CA
Fecha: 17-Dic-2020
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución 001/2020 de 14 de octubre, cursante de fs. 161 a 164 vta., pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Carlos Orlando Gutiérrez Luna, Rusminda Mery Salas Chambi y Ernesto Quispe Apaza.
- Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- I.1. Síntesis de las solicitudes
- rechazó
- II.2.
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código, no consiste en la mera identificación de preceptos constitucionales y legales y, menos en la simple trascripción de textos doctrinales y jurisprudenciales
- II.4.
- RATIFICAR