AUTO CONSTITUCIONAL 0283/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0283/2020-CA

Fecha: 30-Dic-2020

Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Con trol de Pensiones y Seguros

En consulta la Resolución Administrativa (RA) APS/DJ/ 1300/2020 de 9 de diciembre, cursante de fs. 57 a 61, pronunciada por el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Con trol de Pensiones y Seguros (APS), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Alex Antonio Saldias Schnorr en representación legal de Boris Eugenio Yuri Rodríguez Vargas, accionista de Seguros PROVIDA Sociedad Anónima (S.A.) demandando la inconstitucionalidad de los arts. 48 inc. a) en la frase “incumplimiento insubsanable” de la Ley de Seguros (LS) -Ley 1883 de 25 de junio de 1998- y 8 párrafo tercero del Decreto Supremo (DS) 25758 de 27 de abril de 2020; por ser presuntamente contrarios a los arts. “1”, 109.II, 115.II, 116.II, 117.I, 119.II, 232, 308.II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).