Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional 0040/2020
Fecha: 16-Dic-2020
el conflicto de competencias puede plantearse en cualquier etapa del proceso’
Sin embargo, en el Fundamento Jurídico III.3 de la SCP 0040/2020 –objeto de la presente aclaración de voto– se menciona que: “…la SCP 0060/2016 de 24 de junio, expresó que ‘el conflicto de competencias puede plantearse en cualquier etapa del proceso’, aspectos explicitados expresamente en el mencionado fallo constitucional, representando un cambio en la linera [línea] jurisprudencial expresada en la, SCP 0017/2015 de 4 de marzo” (las negrillas y el subrayado corresponden al texto original).
- I.
- II. FUNDAMENTOS DE LA SCP 0040/2020 DE 16 DE DICIEMBRE
- el conflicto de competencias puede plantearse en cualquier etapa del proceso’
- el conflicto de competencias jurisdiccionales entre la JIOC y la jurisdicción ordinaria, puede activarse en cualquier momento, fase o instancia del proceso
- II. FUNDAMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
- siempre y cuando el proceso no tenga sentencia ejecutoriada, puesto que estando con fallo ejecutoriado, ya no habrá necesidad de plantear ningún conflicto competencial jurisdiccional, puesto que habiendo concluido el proceso, la ejecución de sentencia corresponde a la autoridad que conoció el caso y emitió el fallo ejecutoriado