Sentencia Constitucional Plurinacional 0040/2020
Fecha: 16-Dic-2020
I.
Los suscritos Magistrados, manifiestan su conformidad con los fundamentos de concurrencia de los ámbitos de vigencia para el ejercicio de la Jurisdicción Indígena Originario Campesina (JIOC), que sustentan la decisión de declarar competente a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos, de la provincia Franz Tamayo “Tupaj Katari”, del departamento de La Paz, en coordinación con la Junta Vecinal, del barrio Madidi, del municipio de Apolo de dicho departamento; dentro del conflicto de competencias jurisdiccionales, suscitado a la demanda de las referidas autoridades de la JIOC y el Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Apolo del mismo departamento, que fue resuelto a través de la SCP 0040/2020 de 16 de diciembre.
Sin embargo, hacen conocer su desacuerdo con relación a la parte in fine del Fundamento Jurídico III.3, y lo pertinente en el Fundamento Jurídico III.4, referido a la oportunidad para el planteamiento del Conflicto de Competencias Jurisdiccionales, que se extiende a “cualquier etapa del proceso”; conforme a los siguientes razonamientos:
- I.
- II. FUNDAMENTOS DE LA SCP 0040/2020 DE 16 DE DICIEMBRE
- el conflicto de competencias puede plantearse en cualquier etapa del proceso’
- el conflicto de competencias jurisdiccionales entre la JIOC y la jurisdicción ordinaria, puede activarse en cualquier momento, fase o instancia del proceso
- II. FUNDAMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
- siempre y cuando el proceso no tenga sentencia ejecutoriada, puesto que estando con fallo ejecutoriado, ya no habrá necesidad de plantear ningún conflicto competencial jurisdiccional, puesto que habiendo concluido el proceso, la ejecución de sentencia corresponde a la autoridad que conoció el caso y emitió el fallo ejecutoriado