Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
4°
4° Se llama la atención a María Melina Lima Nina, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de materia Contra la Violencia Hacia las Mujeres Cuarta del departamento de La Paz, en su condición de Directora funcional de su despacho en turno y a todo su personal de apoyo jurisdiccional, al no haber asumido la suplencia legal máxime si se trata de una acción de libertad, ante impedimento temporal justificado del titular o cualquier otra circunstancia justificada, conforme al régimen establecido en la Ley del Órgano Judicial, bajo apercibimiento de remitirse antecedentes a la instancia que corresponde.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III.
- III.1. Abstracción de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, en caso de grupos de atención prioritaria: Niñas, niños y adolescentes
- Cuando su duración exceda de cuarenta y cinco (45) días sin acusación Fiscal,
- III.4. Otras Consideraciones
- 4°