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    AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2020-RCA

    Fecha: 07-Feb-2020

    a)

    Solicita se conceda la tutela y en consecuencia: a) Se ordene el cumplimiento inmediato del art. 36.II de la CPE, dejando sin efecto las RRAA APS/DJ/DS 1363/2018 de 9 octubre y APS/DJ/DS 1740/2018 de 17 de diciembre; y, b) Se proceda a tramitar la Ley nacional correspondiente conforme a lo previsto en los arts. 162 y 164 de la CPE.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • b) Debe existir una solicitud expresa y clara en la cual el accionante recuerde al servidor público su deber de cumplimiento de la norma, y ante la renuencia (tácita o expresa) recién se activa la jurisdicción constitucional, aspecto diferente a la subsidiariedad;
    • CONFIRMAR

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