SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

Fragmento 30

De todo lo vertido precedentemente, se infiere que la Jueza demandada vulneró uno de los principios básicos sobre los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria como es el de celeridad consagrado en la Norma Suprema, que impone a los operadores de justicia, el deber jurídico ineludible de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas, ya que prolongó innecesariamente la privación de libertad del solicitante de tutela, pese a señalar que se expida el referido mandamiento “…para que se proceda a su inmediata libertad dentro el presente caso, siempre y cuando no estuviese detenido por otras causas…” (sic), generando demora injustificada e innecesaria, debiendo adoptar las medidas conducentes a fin de dar cumplimiento a sus determinaciones, máxime si se hallan relacionadas con la libertad de las personas, dejando de lado toda actitud pasiva que implique retraso en su tratamiento, conforme se tiene glosado en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, quedando evidenciado el perjuicio que se le ocasionó con la actuación dilatoria en la que incurrió.