SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0045/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
concedió
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 103/2019 de 24 de julio, cursante de fs. 44 a 47 vta., concedió la tutela solicitada, de manera provisional disponiendo que la autoridad demandada dé cumplimiento a todo lo determinado en la Conminatoria 026/2019, ratificada por RA 0119/2019; determinación asumida con base en los siguientes fundamentos: i) En el cuaderno de acción de amparo constitucional cursa la Conminatoria 026/2019, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo Oruro, resolviendo que Saúl Josué Aguilar Torrico, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de dicho departamento proceda a la inmediata reincorporación de Victoria Ramírez Condori al mismo puesto que ocupaba, más el pago de sus salarios devengados, Resolución que fue impugnada en recurso de revocatoria, a cuyo efecto fue emitida la RA 0119/2019, confirmando la Conminatoria confutada; ii) La accionante prestó sus servicios desde 1997 hasta el 23 de enero de 2019, desempeñándose como trabajadora de “avance de obra”, portera del parque “Inti Raymi”, luego como Conserje en el Centro de salud “Chiripugio”; iii) La SCP 0015/2018-S4 de 23 de febrero ha identificado el estándar más alto en cuanto al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral, derechos protegidos por los arts. 46 y 48 de la CPE, y el Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, dejando establecido que la conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, lo que no implica la suspensión de su ejecución; es decir, que por más que exista pendiente una impugnación ello no impide su cumplimiento; y, iv) La autoridad demandada fue notificada el 30 de mayo de 2019 con la RA 0119/2019, sin que hubiera dado cumplimiento a la Conminatoria, vulnerando así los derechos de la impetrante de tutela.