Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DEL AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2020-rca
Fecha: 02-Mar-2020
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
En el Auto Constitucional 0054/2020-RCA se señala que la Sala Constitucional Segunda del departamento de Chuquisaca, declaró la improcedencia de esta acción de amparo constitucional, por inobservancia del principio de inmediatez, señalando como argumento que la referida acción tutelar fue interpuesta fuera del plazo establecido en el art. 129.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de
- el término se haya excedido en días
- dos acepciones
- tiene una estrecha vinculación con el principio de la seguridad jurídica, que es propio de la administración de la justicia
- II.2.
- III. CONCLUSIÓN
- podrá flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume