Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2020-CA
Fecha: 09-Jul-2020
SUBSANE
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud al art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone que el accionante, en el plazo de cinco días hábiles, SUBSANE las deficiencias formales observadas, bajo conminatoria de tener por no presentada la acción de inconstitucionalidad abstracta en caso de incumplimiento.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- 1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata
- cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- Fragmento 4
- I.2. Atribución de la Comisión de Admisión
- I.3. Ausencia de requisitos formales de admisibilidad
- SUBSANE