SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

1)

Mónica Guzmán Morales, Jueza de Instrucción Penal Séptima del departamento de Oruro, mediante informe de 21 de septiembre de 2019, cursante de fs. 12 a 14, manifestó lo siguiente: 1) El accionante interpuso de forma verbal y en audiencia apelación contra el Auto Interlocutorio de 18 de igual mes y año, que dispuso su detención preventiva; no obstante, el plazo aún continua vigente para la apelación por el Ministerio Público, ya que en el marco del principio de economía y en plena observancia del principio de legalidad vinculados al art. 251 del CPP, el plazo de impugnación concluye recién en horas de la noche del 21 del señalado mes, término después del cual corresponde en un mismo acto la remisión de los recursos que pudieran ser interpuestos, ya que lo contrario resultaría una sobre carga al aparato judicial incluso contra la economía de las partes; 2) Presentada la apelación del impetrante de tutela, se dispuso en el mismo acto la remisión de las piezas correspondientes, en el que también se advirtió al imputado su deber de proveer los recaudos para la remisión del testimonio de apelación, aspecto que conforme al informe de la Secretaria, no fueron provistos sino hasta última hora de la tarde del 20 del mencionado mes, aspecto contrario a sus intereses; y, 3) La SCP 2149/2013 de 21 de noviembre, flexibilizó el plazo para la remisión en tres días más, en caso de recargadas labores, suplencias, etc.; finalizó solicitando se deniegue la tutela impetrada.