Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.1.
II.1. Mediante Memorándum S.M.G. 216/18 de 19 de junio de 2018, el Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, designó a Héctor García Tito –hoy accionante– como Encargado de la Unidad de Vehículos RUA, con ítem 108, bajo la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 –Ley de Administración y Control Gubernamentales–, Ley 482 de 9 de enero de 2014 –Ley de Gobiernos Autónomos Municipales–, Estatuto del Estatuto del Funcionario Público, Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992, Reglamento de la Función Pública, Reglamento Interno de Personal (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR