SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2020-S3

Fecha: 10-Jul-2020

III.1.   La acción de libertad traslativa o de pronto despacho e innovativa

La SCP 0011/2014 de 3 enero, efectuando una compilación de los entendimientos jurisprudenciales desarrollados en diversos fallos constitucionales relacionados con el principio de celeridad y la tramitación de actuaciones que resuelvan la situación jurídica de las personas inmersas en un proceso penal, sostuvo que: «La jurisprudencia constitucional ha reiterado y consolidado que la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, a partir de un entendimiento principista, sustenta que las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser tramitadas, resueltas y efectivizadas con la mayor celeridad.